El patinete eléctrico se ha convertido en el medio de transporte de moda. Cada vez se ven más por las calles, que comparten espacio con las tradicionales bicicletas.
El aumento del número de usuarios de estos vehículos ha creado algunos incidentes, sea con peatones o con otros vehículos, por lo que varios ayuntamientos del Estado han decidido tomar cartas en el asunto y legislar sobre los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que engloban al patinete eléctrico, la bicicleta eléctrica, el segway o el monopatín eléctrico, entre otros.
Recientemente, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha informado que se plantea incluir un apartado para este tipo de vehículos en la futura modificación de la Ley de Seguridad Vial, puesto que la actual legislación deja en manos de los ayuntamientos la normativa sobre los VMP.
Sobre esta cuestión, mallorcadiario.com ha querido conocer la opinión de los lectores. Así, el 84,9 por ciento de los lectores cree que bicicletas y patinetes deberían suscribir un seguro obligatorio de circulación. Respecto un 15,1 por ciento que cree que no.
SEGURO ADECUADO
Ante esta situación, ¿cuál sería el seguro adecuado para estos VMP? Hoy en día ya hay compañías que aseguran la bici, por ejemplo, y que están apostando por ofrecer un seguro de bici con coberturas similares a las que tendría cualquier otro vehículo.
En cualquier caso, lo más básico sería la cobertura de responsabilidad civil, que es la obligatoria para el seguro de moto y el seguro de coche, entre otros. Esta sirve para cubrir la responsabilidad del ciclista ante posibles daños que pueda ocasionar a terceros, como por ejemplo si atropellas a un peatón involuntariamente.
Los seguros del hogar con cobertura para el contenido incluyen el aseguramiento de la denominada ‘Responsabilidad Civil Privada’ o ‘Familiar’, que garantiza el aseguramiento de la responsabilidad civil por los daños y perjuicios que el propietario asegurado y las personas con las que convive puedan causar en actos de su vida privada, también fuera del hogar asegurado. Serían ejemplos habituales de esta cobertura:
El peatón que al abrir un paraguas causa daños a otro persona que se cruza con él.
- El ciclista que atropella y causa daños a un peatón.
- El usuario de un patinete que arrolla a otro usuario de la vía.
- El padre o tutor del menor que al dar una patada a una piedra rompe el faro de un vehículo.
- El practicante de skate que pierde el control de su monopatín, que acaba golpeando a alguien.