Según el escrito del fiscal, los hechos se remontan a septiembre de 2013, cuando el acusado, en común acuerdo con una persona no identificada que se hizo pasar por su madre con su DNI, compareció ante un notario de Alcudia junto a la misma, otorgando en dicho acto, y en nombre de la verdadera madre del acusado, un poder general a favor del procesado.
Meses después, en marzo de 2014, el acusado, haciendo uso de este poder con ánimo de obtener un beneficio patrimonial ilícito, hizo creer a un hombre que tenía poder sobre la finca y celebró con él un contrato privado de compra sobre el domicilio, cuya propietaria era su madre.
El comprador abonó entonces la cantidad de 62.000 euros en efectivo a cuenta del precio final, acordado en 90.000, comprometiéndose las partes a elevar el contrato a escritura pública y a pagar el precio restante. No obstante, el comprador no consiguió que se elevara a pública la anterior compraventa ni le fue devuelta la cantidad abonada.
El fiscal considera tales hechos constitutivos de un delito de estafa impropia y de falsedad en documento público, y pide para el procesado tres años y medio de prisión, la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena e indemnizar al comprador con 62.000 euros por las cantidades entregadas.
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