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El Govern alecciona a las policías locales: sin multas sobre mascarillas hasta el 20 de julio
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El Govern alecciona a las policías locales: sin multas sobre mascarillas hasta el 20 de julio

Por Redacción
martes 14 de julio de 2020, 22:41h

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La consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, y la titular de Administraciones Públicas y Modernización, Isabel Castro, han remitido una circular informativa a todos los cuerpos de Policía Local de Baleares con los criterios de actuación e interpretación que tienen que seguir los agentes en la tramitación de denuncias por incumplir la obligación del uso de mascarillas.

Ambos departamentos del Govern autonómico han recomendado a las diversas policías locales desplegar los efectos de la resolución aprobada para el uso obligatorio de la mascarilla a partir del 20 de julio, y establecer así un periodo previo de información entre la ciudadanía. Durante este plazo, los agentes tendrán que informar y advertir a los presuntos infractores sobre el alcance y las consecuencias de este incumplimiento, pero sin imponer ninguna sanción económica efectiva.

Por otro lado, con el objetivo de que los funcionarios policiales dispongan de información clara, el documento elaborado por ambas áreas del Govern incluye las circunstancias que se tienen que hacer constar en las actas para reflejar los hechos denunciados.

SANCIONES DE ENTRE 25 Y 100 EUROS

Estos criterios, según la Conselleria de Administraciones Públicas, serán "fundamentales" para que los instructores puedan determinar la gradación correcta de la sanción aplicable, que podrá ser de 25, 50 o bien un máximo de 100 euros, en función de la gravedad de cada situación.

En este sentido, las actas que levanten los agentes de Policía Local a partir del próximo día 20 de julio tendrán que incluir, además del nombre, la dirección y el DNI de la persona o personas denunciadas, otros datos relativos al lugar donde se ha producido el incumplimiento y las circunstancias del mismo; el número de ciudadanos que han cometido la infracción; la valoración de la intencionalidad, teniendo en cuenta la actitud del denunciado y la respuesta de éste ante la actuación policial, y, finalmente, la reiteración o la reincidencia en la vulneración de la normativa sobre la obligatoriedad del uso de la mascarilla de protección frente al Covid-19.

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