En un comunicado, la organización sindical ha recordado que se trata de un concurso de méritos de 64 plazas de policía portuaria correspondientes al proceso de estabilización de empleo de personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial, publicada el 18 de junio de 2021.
La resolución, según ha añadido el CSIF, considera probado que la APB vulneró el derecho a acceder en condiciones de igualdad al empleo público, contraviniendo los términos expresados en el artículo 23.2 de la Constitución Española.
VALORACIÓN DE MÉRITOS
El sindicato ha apuntado que se otorgó una valoración preferente en méritos que solo eran cumplidos por candidatos que trabajaron en el puerto de Palma. En cambio, a los aspirantes a las plazas que habían prestado servicio en los puertos de Alcúdia, Mahón, Ibiza y la Savina, se les valoró una experiencia que no poseían, pudiendo llegar a un máximo de 45 puntos, mientras que candidatos que trabajaron en otros puertos de titularidad estatal, realizando las mismas funciones, solo podían alcanzar un máximo
de 20 puntos.
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