La Audiencia de Palma ratifica la condena al exalcalde de Capdepera
viernes 08 de noviembre de 2013, 14:01h
La Audiencia de Palma ha confirmado la condena al exalcalde de Capdepera Bartomeu Alzina (PSOE) a 8 años de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación al consentir la ilegalidad de las obras de reforma del hotel Son Moll, que se derrumbó en diciembre de 2008 y causó la muerte de 4 obreros.
La Sección Primera ha desestimado el recurso interpuesto por Alzina y ha confirmado íntegramente la condena que le impuso el juzgado de lo penal 3 de Palma en una sentencia del 17 de febrero de 2012.
El exalcalde fue condenado por omisión, por el retraso en incoar un expediente de infracción urbanística por el inicio de unas obras sin licencia. La defensa alegó que dicho retraso se produjo durante 39 días hábiles y aseguró que el alcalde "no autorizó las obras sino que se encontró con ellas".
La Audiencia considera "inequívoco" que el entonces alcalde tuvo "cabal conocimiento" entre el 29 de octubre y el 3 de noviembre de 2008 de que se estaban realizando obras en el Hotel Son Moll sin la debida licencia municipal, con lo que considera que "es obvio que concurre la conducta omisiva objetivamente adecuada para integrar el delito por el que viene siendo acusado".
El tribunal recuerda que lo que se reprocha al alcalde es "la no paralización inmediata de las obras, tal y como exige taxativa y literalmente el artículo 61 en sus apartados 1 y 5 de la Ley 10/1990, de Disciplina Urbanística".
La sala subraya que lo que se reprocha no es "un mero retraso" en la incoación de expediente administrativo, sino "la frontal desatención de la inmediatez a que se infiere el artículo 61.1" de la ley mencionada.
Si el alcalde "se encontró" con la ejecución de unas obras ilegales "debió actuar en consecuencia", asegura el tribunal en la sentencia.