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La DGT endurece las normas: Carnet para ir en patinete y seis puntos menos por usar el móvil
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La DGT endurece las normas: Carnet para ir en patinete y seis puntos menos por usar el móvil

Por Redacción
martes 10 de noviembre de 2020, 16:36h

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La Direción General de Tráfico (DGT) endurecerá a partir del 2 enero del 2021 la actual normativa sobre circulación incrementando las sanciones y la pérdida de puntos. Entre estas medidas se contempla aumentar de 3 a 6 la pérdida de puntos por conducir con el móvil en la mano y cuatro puntos por no usar el cinturón de seguridad. Además, se reduce el límite de velocidad en las vías urbanas y los usuarios de los patinetes eléctricos deberán disponer de un certificado de circulación.

Uno de los aspectos en los que DGT ha prestado especial atención hace referencia a que se tipifica como "infracción grave" llevar en el coche mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que implicará una sanción de 500 euros, pérdida de 3 puntos y penalización de 6 meses sin poder presentarse al exámen.

Además, siempre según la actualización de la normativa, se amplia hasta los dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.

Asimismo, se redefinen los límites generales de velocidad en vías urbanas en función de su distinta clasificación: en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 kilómetros por hora; de 30 kilómetros por hora en las vías de un único carril por sentido de circulación y en las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, la velocidad seguirá siendo de 50 kilómetros por hora.

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REGULACIÓN NORMATIVA DE LOS PATINETES

Otra de las regulaciones al tráfico rodado afecta al uso de los denominados vehículos de movilidad reducida, es decir, los patinetes eléctricos. En este punto, la DGT establece la prohibición de circular por aceras y zonas peatonales. Asimismo, tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos -someterse a pruebas de alcoholemia, no utilizar auriculares, etc.- y queda también prohibida su circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos.

Para poder circular, los usuarios de los patinetes deberán disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características que se aprobará mediante una resolución del Director General de Tráfico.

Estos cambios normativos entrarán en vigor el 2 de enero de 2021. No obstante, la modificación de las velocidades en zonas urbanas entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE.


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