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Tabaco, ocio nocturno, fiestas: las medidas anti Covid que estrena Baleares
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Tabaco, ocio nocturno, fiestas: las medidas anti Covid que estrena Baleares

martes 18 de agosto de 2020, 15:51h

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Entran en vigor las 11 medidas restrictivas para mitigar la expansión de la Covid-19 acordadas el pasado viernes entre las comunidades autónomas y el Ejecutivo central. Desde este martes, además, Baleares suma otras directrices tendentes a reforzar todavía más la seguridad de la población frente al coronavirus y que se aplicarán, igualmente, desde este martes.

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De esta manera, las once medidas comunes a todas las comunidades que saldrán publicadas en el BOIB del 18 de agosto, momento en el cual su implantación será ya oficial, son las siguientes:

- Suspensión de la actividad en la totalidad de locales y establecimientos vincudos al ocio nocturno, medida que afecta no solo a las discotecas, sino también a los pubs, los bares de copas y las salas de bailes. En Baleares, hasta el momento, estaba permitido la apertura de los locales hasta un determinado aforo pero desde hoy, todos estos establecimientos deben permanecer cerrados.

- Garantía de la distancia mínima de 1,5 metros en todos los negocios de hostelería y restauración, norma que será de aplicación no solo en la separación que debe existir entre las mesas sino también entre los usuarios que coincidan en la barra. Al mismo tiempo, en cada mesa ha de haber un máximo de 10 personas. Otras medidas de interés para el sector es el horario de cierre a la 1 de la madruagada, circunstancia que impide aceptar a nuevos clientes a partir de las 12 de la noche.

- Obligación de realizar PCR en centros sociosanitarios y residencias geriátricas en el caso de los nuevos ingresos con un decalaje máximo de 72 horas, así como a empleados que regresen de su permiso o periodo vacacional. Paralelamente, las visitas se limitarán a una persona por residente, debiendo extremarse las medidas de prevención y con un máximo de una hora por cada cita diaria. No obstante, se podrán autorizar excepciones cuando el paciente se halle en situación paliativa.

- Autorización de los eventos y actividades multitudinarias, cuyo permiso para llevarse a cabo deberá ser ratificado por la administración sanitaria a partir del informe de evaluación de riesgo que cumplimienten sus especialistas.

- Puesta en marcha de cribados con PCR en el caso de que se confirme un brote epidémico a los sectores poblaciones considerados de riesgo, entre los que podrían incluirse a los usuarios de un sociosanitario o los vecinos de un determinado barrio o bien de uno o varios bloques de viviendas, entre otras situaciones.

- Prohibición expresa del consumo de alcohol en la vía pública (práctica del botellón), instándose a las comunidades y ayuntamientos a aplicar de manera estricta las sanciones acordadas. Esta medida se hallaba ya en vigor en el conjunto del territorio balear.

- Restricción de la acción de fumar en la calle o e prohíbe fumar en la calle o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia social. Esta limitación afecta también a otros dispositivos no tabáquicos, como los 'vapeadores'.

Al mismo tiempo, el Ejecutivo que preside Francina Armengol velará también a partir de este martes 18 de agosto por el cumplimiento de otras normas específicamente aprobadas por la Administración autonómica. Concretamente, estas son las normas auspiciadas desde el Consolat de Mar:

- Prohibición de las denominadas 'party boats' (fiestas en barcos) y también de las fiestas diurnas que se desarrollan en establecimientos con piscina. En el caso de las embarcaciones de transporte de turistas, queda restringida la venta de bebidas alcohólicas.

- Limitación de los entrenamientos deportivos, tanto federados como aficionados, cuando impliquen contacto físico. La distancia entre los deportistas no podrá ser inferior en ningún caso a los 1.5 metros, y, si se trata de competiciones grupales, cada equipo solo podrá acoger a un máximo de 30 participantes si el juego se desarrolla al aire libre, y 20 se tienen lugar en una pista de juego. Cuando se trate de un deporte de contacto, la cifra de no podrá ser superior a 10

- Aplazamiento hasta el 1 de octubre del inicio de las Ligas federadas, que estaba previsto para el 1 de septiembre.

- Restricción hasta del 50 por ciento del aforo en las iglesias, templos y centros de culta, en lugar del 75 por ciento que regía hasta el momento.

- Recomendación de limitar a 10 personas el número de asistentes a reuniones familiares y sociales. En la actualidad, la norma establece que estos encuentros no podrán acoger a más de 30 participantes si se desarrollan en el exterior, y a 15 si la cena, fiesta o evento tiene lugar en recintos cerrados.

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