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El Constitucional admite a trámite el recurso de Vox contra el decreto que modifica la Ley de Sanidad Pública balear

El Constitucional admite a trámite el recurso de Vox contra el decreto que modifica la Ley de Sanidad Pública balear
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Por Redacción
miércoles 13 de octubre de 2021, 20:00h

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox contra varios preceptos del decreto-ley que modifica la Ley de Salud Pública de Baleares. La formación liderada por Santiago Abascal interpuso el recurso el pasado agosto al considerar que la citada Ley de Salud Pública "excede" las competencias propias de una comunidad autónoma al atribuirse poderes que, según ha defendido Vox, son propios del Estado.

El partido considera que la normativa "genera inseguridad jurídica" e impone medidas claramente "ilegales". Por ello, presentó recurso de inconstitucionalidad contra el artículo primero, apartado 1, del Decreto-Ley 5/2021, de 7 de mayo, por el que se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre de Salud Pública de las Islas Baleares, y el Decreto-Ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la Covid19.

Según ha informado el Constitucional en una nota informativa, recogida por Europa Press, el Tribunal ha acordado dar traslado de la demanda y los documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno así como al Parlament y Govern balear, para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

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Desde Vox argumentaron, entre otras causas, que la norma recurrida podría vulnerar el contenido esencial de los derechos fundamentales y los límites materiales previstos para el decreto-ley.

A su juicio, el decreto-ley balear afectaría el artículo 86.1 de la Constitución, que establece que los decretos-leyes que se adopten en caso de extraordinaria y urgente necesidad "no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general".

La formación también hizo hecho referencia al artículo 15 de la Constitución, relativo al derecho a la vida y a la integridad física y moral"; al artículo 17, vinculado al derecho a la libertad y a la seguridad; al artículo 19, sobre la libertad a circular por el territorio nacional; y al artículo 21, sobre el derecho a reunión.

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