La víctima ya había sufrido malos tratos por parte de su madre durante su infancia. "La conducta del procesado con la víctima se desplegaba ejerciendo miedo y temor" a la menor, señalan los jueces, quienes interpretan que "reducía anímicamente" a la víctima "para que no se sintiera con la fuerza suficiente de verbalizar a terceros lo que le sucedía".
Los magistrados resaltan también que el condenado doblegó la voluntad de la menor prevaliéndose de la relación de superioridad que ocupaba en el domicilio en el que convivían, puesto que él era la pareja sentimental de la madre y ejercía su relación con la menor como si fuera una hija propia.
El condenado agredió sexualmente a la menor en numerosas ocasiones desde que tenía 8 años hasta que cumplió los 16.
De acuerdo con la resolución, los actos sexuales cometidos contra la menor los llevó a cabo aprovechando idénticas situaciones, en las que ambos se encontraban solos en la vivienda que compartían con los hermanos y madre de la víctima.
La sentencia no es firme, cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.