La asociación Plis Educación ha manifestado su apoyo a la familia que ha interpuesto un recurso contencioso contra la Conselleria de Educació i Formació Professional para exigir que su hija reciba clases en lengua castellana en, al menos, el 25 por ciento del horario lectivo y en, como mínimo, una asignatura no lingüística troncal.
Igualmente, la entidad ha expresado su adhesión a la labor de asesoramiento y acompañamiento que la asociación 'Hablamos Español' lleva a cabo en el caso de esta familia mallorquina.
Plis ha recordado que el auto del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), cuyo ponente ha sido Gabriel Fiol, expone que "no se puede aplicar la jurisprudencia del 25 por ciento a Baleares porque solo es aplicable a Cataluña, donde rige un modelo de inmersión" frente a las islas, comunidad en la que se aplica "un modelo de conjunción que, por tanto, no concede la medida cautelar del 25 por ciento solicitada" por el padre de la alumna.
No obstante, Plis remarca que que el TSJIB ha llegado a una conclusión "radicalmente incompatible con el argumento que utiliza, en una pirueta argumentativa indigna de magistrados experimentados". Concretamente, la entidad expone que la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) declaran ilegal la inmersión 'de facto' en los centros de Cataluña.
Plis defiende que la legislación en esta Comunidad Autónoma "no es ni debe ser de inmersión lingüística, sino de conjunción lingüística, y por eso obliga a que en los centros que aplican la inmersión total se imparta en castellano y en catalán, al menos, el 25 por ciento del horario lectivo para cada lengua".
En la situación que afecta a esta alumna de un instituto de Mallorca, que es hija del representante de 'Hablamos Español' en Baleares, Salvador Iglesias, Plis entiende que el recurso interpuesto por el progenitor no afecta al modelo de conjunción de Baleares, sino que cuestiona "el proyecto lingüístico de un centro concreto, que es de inmersión lingüística total en catalán e incompatible, por tanto, con la conjunción". A este respecto, Plis concluye que, aplicando el razonamiento del mismo tribunal, es "obligatoriamente aplicable" la jurisprudencia del 25 por ciento a un proyecto lingüístico de inmersión.
La asociación alega que si el tribunal persiste en el resto del juicio en negar la aplicación a Baleares de la jurisprudencia del 25 por ciento, "que establece un modelo de conjunción", a un centro que aplica inmersión 'de facto', "estará violentando el ordenamiento jurídico, de lo cual tendrá que dar cuenta ante el TS".
Cabe recordar que el auto del TSJIB contó con dos votos particulares contrarios a su contenido. Para Plis, estos pronunciamienetos han sabido entender "con claridad que la jurisprudencia es aplicable a Baleares, y que la medida cautelar debería haber sido concedida. Es importante remarcar la falta de unanimidad de los miembros del tribunal, con tres magistrados que votaron a favor y dos en contra".
Finalmente, la organización ha recordado que el ponente del auto, Gabriel Fiol, ha sido recusado por Plis en un contencioso contra el Govern y la Obra Cultural Balear (OCB) para conseguir la aplicación del 25 por ciento en los proyectos lingüísticos, por haber sido distinguido el magistrado por esta última entidad con el premio Gabriel Alomar.
"A pesar de que ha sido rechazada la recusación, sostenemos que Gabriel Fiol debería apartarse de todas las causas que tienen que ver con la aplicación de la jurisprudencia a los proyectos lingüísticos; está contaminado. Simplemente, tiene interés particular", ha remarcado Plis Educación.
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