Fuentes del ejecutivo autonómico informado de la convocatoria de dicho Consell de Govern extraordinario, después de que el TSJIB haya declarado inadmisible su petición de mantener las medidas vigentes hasta el próximo domingo, precisamente porque no habían sido aprobadas por el gabinete del Govern.
En un auto dictado este miércoles, los magistrados consideran que, dado que el Consell de Govern no ha aprobado las medidas en el momento de efectuarse la solicitud a la Sala contencioso-administrativa del TSJIB, no se cumple el requisito previsto en la norma procesal para pronunciarse al respecto.
El Govern había pedido al TSJIB autorización para poder mantener vigentes cuatro medidas que decaerán cuando finalice el estado de alarma decretado por el Gobierno, el próximo 9 de mayo.
En concreto la consulta afectaba al toque de queda, los controles a pasajeros nacionales en puertos y aeropuertos con pruebas diagnósticas, los aforos en lugares de culto y en reuniones sociales privadas, todas ellas cuestiones que afectan a derechos fundamentales, según explicó el martes la presidenta, Francina Armengol.
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