En su escrito, el Colegio de Administradores de Fincas expone la necesidad de clarificar algunos aspectos de las normativas promulgadas por el Ministerio de Sanidad con motivo de la pandemia del Covid 19, y en especial del Real Decreto 21/2020 publicado en el BOE del pasado 10 de junio, también conocido como el decreto de la ‘nueva normalidad’, donde se fijan las medidas de prevención que deben adoptarse a partir de la finalización de la fase 3 del plan de desescalada.
La entidad señala que de la lectura del Real Decreto, y de órdenes ministeriales aprobadas con anterioridad, se deprende la conclusión inicial de que la norma “permite reuniones y congresos, hasta un número determinado de personas, indicando, en el caso de no poder mantenerse la distancia de 1,5 metros, que pueden celebrarse las reuniones con uso de mascarillas”. A este respecto, el Colegio se pregunta si “esto querría decir que se podrían celebrar las juntas de propietarios con el mero uso de mascarillas” y, por tanto, sin la obligación de respetar el distanciamiento social.
Sin embargo, en otro punto del escrito dirigido a la presidenta del Govern, la organización que representa al colectivo de administradores de fincas de Baleares incide en que el Real Decreto que fija las directrices y obligaciones de la ‘nueva normalidad’ indica que “en los centros de trabajo se exige al titular o director que se garantice una distancia de, al menos, 1.5 metros entre empleados y clientes o usuarios, adoptando medidas para evitar la masificación”.
A este respecto, el CAFBAL entiende que, a raíz de este otro punto de la normativa, se colige que si las juntas de propietarios se llevan a cabo sin tener la posibilidad de establecer entre los participantes el espacio de separación que corresponde a la distancia preceptiva, las reuniones no podrían celebrarse ni siquiera en el caso de que los presentes utilizasen la mascarilla de protección.
En el documento, el Colegio expone que la coexistencia de ambas directrices (la primera permitiendo las reuniones con la utilización de la mascarilla, y la segunda negando esta posibilidad aun cuando se haga uso de la protección adecuada si el espacio de seguridad no está garantizado) crea “dificultades de interpretación”. Por ello, los administradores de fincas formulan a la presidenta del Govern la petición de que se les ponga en antecedentes sobre la eventual promulgación de nuevas normativas que dejen claro “cómo, cuándo y dónde” pueden celebrarse las juntas de propietarios.
Finalmente, la carta refiere que, frente a las dudas que plantea la actual redacción del Real Decreto, el Colegio no puede ofrecer una respuesta pertinente a los copropietarios que solicitan la celebración de reuniones, desde la convicción, según figura en el escrito, de que “ante todo, el derecho a la salud priva sobre los demás derechos y obligaciones”.
En declaraciones a mallorcadiario.com el presidente de CAFBAL, Pau Bonet, ha reconocido que no tiene “claro” cuáles son los límites y las condiciones que recoge la normativa en cuanto a la celebración de las juntas de copropietarios en la era post-covid. A su juicio, “existen diversas interpretaciones. Por una parte, puede llegarse a la conclusión de que se permiten reuniones siempre que no se exceda de un número concreto de asistentes con el requisito de que quienes tomen parte en el encuentro lleven puesta en todo momento una mascarilla de protección, y sin una exigencia precisa sobre el mantenimiento de una distancia de seguridad de 1,5 metros. Pero, por otro lado, se expresa la directriz contraria, es decir, que incluso con el uso de mascarilla resulta preceptivo guardar ese margen de distancia”.
La intención del CAFBAL es, según Bonet, “mantener la máxima cautela ante esta situación, y por ello hemos requerido al Govern que nos aconseje y nos señale cuál es la alternativa correcta, porque la intención de nuestro colectivo es no contravenir, en ningún momento, las disposiciones legales, y, por supuesto, no poner en riesgo ni en peligro la salud de los copropietarios y de todas las personas que asistan a las reuniones de las juntas”.
Otra cuestión que preocupa al Colegio tiene que ver con las limitaciones sobre el número de participantes presentes en una determinada convocatoria. Con las restricciones sobre el aforo que marca la normativa, la sede del CAFBAL en Palma, que se halla a disposición de las comunidades de propietarios para la celebración de encuentros y asambleas, puede acoger, según Pau Bonet, “a un máximo de 22 asistentes y, por supuesto, no permitiremos que haya una sola persona más. En esto vamos a ser muy estrictos”.
El problema reside, sin embargo, en que buena parte de las comunidades propietarios constan de una cifra muy superior de miembros. ¿Qué hacer en estos casos? Una alternativa podría consistir en la celebración de reuniones por videoconferencia, pero en este punto la legislación pone palos en las ruedas de las comunidades de propietarios, ya que, como comenta el presidente del CAFBAL, “no contempla la opción de llevar a cabo encuentros mediante procedimientos telemáticos. Este es un aspecto que, en los nuevos tiempos que vivimos, probablemente debería corregirse, pero de momento la normativa es taxativa al respecto”.
Igualmente, existe otra bala en la recámara, que es la de la delegación de voto entre los propietarios. De esta manera, una junta podría tener lugar con un número de asistentes más reducido. No obstante, Bonet incide en que esta derivación del sufragio “ha de ser completamente voluntaria. Nadie puede obligar a un copropietario a delegar su voto si no quiere hacerlo. Por tanto, podemos encontrarnos con que, en una determinada junta, no se produzca un número suficiente de cesiones de representación y que la cifra de personas presentes exceda las disposiciones establecidas”.
Estas y otras cuestiones marcarán el futuro inmediato de las comunidades de propietarios. Como reconoce el presidente del Colegio de Administradores de Fincas, desde la irrupción de la pandemia “se han celebrado muy pocas juntas. Únicamente, las absolutamente imprescindibles. Sin embargo, a medida que se vaya normalizando la situación, habrá necesidad de llevar a cabo más encuentros, y por esto resulta imprescindible resolver las dudas que plantean las directrices que se han promulgado”.