Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) en un comunicado, la decisión afecta a los regímenes de visitas ya sean tuteladas, supervisadas o intercambios, establecidos en asuntos tramitados en los Juzgados de Familia.
Al respecto, ha explicado que, se trata de una decisión tomada sin perjuicio que, al finalizar esta situación, puedan acordarse medidas de compensación respecto de las visitas en cada asunto afectado por el juzgado correspondiente, y que su ejecución dependerá del Punto de Encuentro Familiar y los progenitores.
Asimismo, el TSJIB ha destacado que, en relación a intercambios de menores, se recomienda que los progenitores designen una persona de común acuerdo para realizar el mismo, y en caso de imposibilidad de llegar a ese acuerdo planteen el problema al juzgado que conoce del asunto.