La Ordenanza municipal de la protección del medio ambiente contra la contaminación por ruidos y vibraciones, establece en el artículo 44.3 que “[...]. En horario nocturno, la actividad se ejercerá con las puertas, ventanas, huecos y cualquier tipo de apertura cerrados.” Debido a la gravedad de este incumplimiento, estos establecimientos se enfrentarán a una sanción de entre 601 y 12.000 euros y a la suspensión de la actividad musical de entre un mes y un día a un año, ya que, en unos casos, han incurrido en 3 o más infracciones en un período de 15 días por tener las puertas abiertas, y, en otros casos, han incurrido en una infracción por trabar las puertas con algún elemento.
El levantamiento de estas actas y la incoación de los respectivos expedientes, responden a la campaña de vigilancia y control de contaminación acústica por puertas abiertas programada por la Comisión técnica de actividades del Ayuntamiento de Calvià, que ha recibido numerosas quejas y denuncias de vecinos y comerciantes de la zona. Con el inicio de estos expedientes, se abre el procedimiento preceptivo en el que, antes de llegar a la resolución final sancionadora, los establecimientos podrán presentar alegaciones.