El recurso, cuya tramitación ha contado con el apoyo legal de Quattuor Asesores, se dirigía contra un acuerdo del pleno de Cort de mayo de 2018 que convertía en expresamente obligatorio para los taxis contar con terminales de pago con tarjeta a partir de julio de 2019.
Sin embargo, el Juzgado entiende que Cort se saltó el trámite de información pública al modificar una ordenanza mediante este acuerdo de pleno, dado que el reglamento municipal de transportes públicos no contenía ninguna referencia a la obligación de disponer de datáfono. De hecho, sólo se prevé la necesidad de contar con moneda suficiente para atender un cambio límite de 30 euros.
El Juzgado impone las costas al Ayuntamiento limitándolas a un máximo de 600 euros.
"ESTA MEDIDA NO OBEDECE A RAZONES DE INTERÉS GENERAL"
Por su parte, la patronal del taxi ha reiterado, en un comunicado difundido este viernes, su rechazo a la medida adoptada por Cort, asegurando que "no obedece a razones de interés general" y que tampoco está "motivada ni justificada".
La agrupación empresarial ha remarcado que la obligación de disponer de pago con tarjeta "se establece sin contemplar ni regular los distintos escenarios que tal medida pueda implicar", como qué ocurriría si el lector de pago con tarjeta deja de funcionar o se trabaja en zonas de mala cobertura.
Además, la plataforma señala que el pago con tarjeta supone asumir una comisión que en trayectos cortos, "frecuentes en ciudades pequeñas como Palma", lo hace "sumamente gravoso, al no establecerse una cuantía mínima" para que sea obligatorio disponer de este método de pago.
Igualmente, apunta a una falta de justificación de esta medida, asegurando que la resolución "no dedica ni una sola línea" a motivar su decisión, y que "atenta con el principio de igualdad" con el resto de municipios de Mallorca en los que los taxis no tienen esta obligación, "como tampoco la tienen los servicios interurbanos".
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