Durante la rueda de prensa posterior al Consejo, la ministra portavoz en funciones, Isabel Celaá, ha explicado que la ley que regula las evaluaciones ambientales en Baleares, la Ley 9/2018 que a su vez modifica la Ley 12/2016 incorpora dos artículos que "el Gobierno considera que no se ajustan a la Constitución en materia de Medio Ambiente".
Celaá ha dicho que las comunidades autónomas "no pueden", amparándose en sus competencias "imponer" la obligación al Estado la obligación de someter a evaluación ambiental estratégica los programas y planes que ostenta dentro de sus competencias, por ejemplo, en materia de puertos y aeropuertos, instalaciones eléctricas y obras públicas de interés general, porque representaría una extralimitación en el ejercicio de las competencias autonómicas.
El Gobierno en funciones considera que concurren los requisitos formales y materiales para la impugnación ante el Tribunal Constitucional, tras no alcanzarse un acuerdo en las negociaciones que han mantenido la Administración General del Estado y el Gobierno de las Islas Baleares, al amparo del artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional
En este sentido, ha precisado que la redacción de la normativa autonómica no distingue entre los planes y programas de competencia, en este caso insular, de los que corresponden a la competencia Estatal y, por tanto, el Gobierno va a recurrir estos artículos.
Se opone así el Gobierno a la "nueva" redacción de los apartados 1, 2, 3, y 4 del artículo 9, que a su juicio vulneran las competencias atribuidas al Estado por el artículo 149.1 de la Constitución Española.
En concreto, el apartado tres de la Ley 9/2018 que modifica la redacción del artículo 9 de la Ley 12/2016 de Evaluación Ambiental de Islas Baleares, amplía el ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica exigiéndola también a toda una serie de planes y programas que son competencia de la Administración General del Estado.
Además, el Ejecutivo añade que de acuerdo con el criterio de la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado, en su dictamen 342/2019, el Gobierno en funciones estima que cuando se trate de obras, instalaciones o actividades que, de conformidad con el sistema constitucional de distribución de competencias, corresponda realizar al Estado, será este quien las someterá a evaluación ambiental estratégica y lo hará en los supuestos en que así lo exige la Ley básica 21/2013 de Evaluación Ambiental.
Asimismo, también recurrirá el apartado 6 de la citada Ley 9/2018 de Baleares, porque se da una nueva redacción que "no distingue" entre proyectos competencia del Estado y proyectos de competencia autonómica, local o insular, por lo que se formula el mismo motivo de inconstitucionalidad.
"Es un acuerdo del Consejo de Ministros por el que solicitamos al presidente del Gobierno la interposición del recurso ante el Tribunal Constitucional", ha concluido.
ALORDA DEFIENDE QUE BALEARES TIENE COMPETENCIAS PARA DESPLEGAR NORMAS ADICIONALES DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
El presidente de la Comisión de Medio Ambiente de Baleares, Antoni Alorda, ha insistido este martes en que las comunidades autónomas "tienen las competencias para desplegar normas de protección de medio ambiente".
"Nos gustaría un poco de sensibilidad más autonomista por parte del Gobierno del Estado, ya que a nuestro parecer no despliega la idea de que las comunidades tienen competencias para desarrollar normas adicionales de protección que están recogidas tanto en la Constitución Española como en el Estatut de Baleares", ha expresado Alorda en declaraciones a Europa Press.
Desde la cartera dirigida por Vicenç Vidal han sostenido que la Carta Magna otorga al Estado una normativa básica en materia de medio ambiente aunque han matizado que su despliegue a través de normas de protección adicionales corresponde a las comunidades autónomas. Además, ha señalado que la norma en cuestión somete "a todos los proyectos" en Baleares a un informe ambiental.
"En la Ley se somete a todos los proyectos en Baleares, sean del Estado, de un particular o de cualquier otro tipo, a una evaluación de impacto ambiental", ha añadido Alorda, quien ha recordado que dicho informe puede ser del propio Estado y que no es determinante. "Nosotros sólo ponemos un listón que, posteriormente, se autoaplicará el Estado", ha reiterado.
En este sentido, desde Medio Ambiente han apuntado que la normativa autonómica establece qué tipos de proyectos deben pasar una evaluación ambiental y han insistido en que "aceptan" que los proyectos estatales "no pasen el informe" de Baleares.
"El Estado sostiene que sólo obedecerán a la ley estatal, y nosotros respondemos que la ley estatal marca un básico y que las autonómicas pueden desplegar normas adicionales de protección a todo el mundo, incluyendo el Estado", ha resuelto Alorda, quien ha celebrado que el Gobierno en funciones no haya impugnado otros aspectos de la Ley, como las evaluaciones de repercusión de los proyectos ubicados en la Red Natura.
"Debe haber un estudio sobre las repercusiones ambientales de diversos proyectos en el medio ambiente, un informe que no es determinante", ha zanjado Alorda.