El cierre de cafeterías, restaurantes, gimnasios y centros comerciales decretado por el Govern para Mallorca a fin de reducir la pandemia entró en vigor este miércoles... aunque con algunas excepciones. El nuevo decreto deja claro que determinadas cafeterías como las situadas en determinados centros pueden seguir funcionando, eso sí, respetando la normativa de seguridad sanitaria vigente. Sin embargo, la realidad y la norma no van de la mano en todos los casos, como por ejemplo, en el aeropuerto.
Diferentes facultades de la Universitat de les Illes Balears (UIB) cuentan con su propia cafetería para que profesores y alumnos puedan reponer fuerzas. Los centros docentes quedan exentos del cierre decretado, de forma que sus cafeterías o cantinas no se ven obligadas a cumplir la orden de cierre que impera en todas las cafeterías de Mallorca e Ibiza.
Nuevos cierres para contener la pandemia
El Govern aprueba medidas muy restrictivas
Leer más
Fuentes de la UIB han confirmado a mallorcadiario.com que las cafeterías en la universidad permanecen abiertas "aunque no todas, ya que las que no tienen terraza han optado por cerrar". No obstante, estas cafeterías sí deben atenerse a lo estipulado en la normativa, "por lo que el aforo máximo permitido es del 30 por ciento en el interior, mientras que en las terrazas este aforo puede llegar al 50 por ciento", explican.
Cualquier ciudadano ajeno a la universidad puede hacer uso de estas cafeterías, "ya que lo que no podemos hacer es controlar si una persona es alumno, profesor o viene de fuera", apuntan las fuentes, aunque sí matizan que "los grupos suelen ser muy reducidos, tal y como así lo exige la normativa".
CAFETERÍAS ABIERTAS EN LOS HOSPITALES
Las nuevas restricciones tampoco afectan a las cafeterías situadas en los hospitales, tal y como se recoge en el decreto y confirmaron a este digital desde el hospital de Son Espases: "En el hospital hay abiertas dos cafeterías. En una sólo puede entrar el personal sanitario y en la otra los pacientes". En cualquier caso, además de los pacientes, en esta segunda cafetería también se permite entrar a personas que vayan a visitar a los pacientes, "aunque en modo alguno se deja entrar a personas ajenas al hospital o que no tengan nada que ver con los pacientes", destacan las citadas fuentes.
En estos casos la Conselleria considera que la excepción de los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, en servicios de comedor escolar o de carácter social, y otros servicios de restauración en centros de formación o centros de trabajo "se aplica sobre el recinto, no sobre las personas que los utilizan, de manera que los acompañantes de pacientes sí pueden utilizar las cafeterías de los hospitales", por ejemplo. Salut se basa "en la necesidad de ofrecer una alternativa a esas personas que por diversos motivos deben pasar largo tiempo en esos recintos", afirman a mallorcadiario.com desde la Conselleria.
EL AEROPUERTO, UN CASO DIFERENTE
Las zonas de salidas y llegadas de pasajeros en el aeropuerto de Palma generan constantes flujos de viajeros que, aunque en menor número en temporadas nornales, siguen utilizando las cafeterías como punto de encuentro o para consumir bebidas y comidas. Por ello, Aena permite abrir algunas cafeterías. Fuentes de Aena han confirmado que en Son Sant Joan se mantienen abiertas dos cafeterías que son para uso exclusivo de los viajeros y personal del aeropuerto "pues está absolutamente prohibido que una persona que no viaje o no trabaje aquí entre en las instalaciones", insisten en subrayar.
A este respecto, las citadas fuentes de la Conselleria de Salut indican que "las cafeterías de los aeropuertos deberían permanecer cerradas según la normativa de la CAIB porque son recintos que se encuentran dentro de la comunidad autónoma".
La Conselleria de Salut, en su decreto del 11 de enero, concretaba la normativa de cierre de diversos sectores productivos relacionados con la restauración aunque sí deja vía libre para que puedan abrir algunos locales. En concreto, no se obliga a cerrar a los restaurantes de hoteles y alojamientos turísticos siempre que sea para uso exclusivo de los clientes, a los servicios de restauración integrados en centros sanitarios, sociosanitarios y sociales y a otros servicios de restauración alojados en determinados centros de trabajo para uso exclusivo de personal.
El resto de locales de restauración han de permanecer cerrados, como mínimo, durante 15 días.