“La respuesta del funcionario fue inadecuada y desafortunada. Consideramos que no es la forma de atender a ningún ciudadano”. Así se ha expresado, a preguntas de mallorcadiario.com, la Conselleria de Agricultura, Pesca i Alimentació en relación al caso del propietario del caballo fallecido a quien, desde este departamento, se le indicó que descuartizara personalmente al animal.
Tal como informó este periódico digital el pasado 9 de febrero, el dueño del equino, al que en el artículo se identificó con el nombre de Toni, se puso en contacto con el servicio correspondiente de la Conselleria para notificar la muerte del caballo, un ejemplar de 15 años de edad.
Sin embargo, tras interesarse por el protocolo que debía seguir en cuanto al tratamiento del cadáver, tuvo que escuchar como única respuesta, por parte del funcionario que le informó, que el procedimiento más idóneo era que descuartizara al animal para que, posteriormente, se pudieran quemar sus restos por piezas en uno de los hornos crematorios de Son Reus.
El problema alegado por el trabajador público era que el horno destinado a la incineración de animales de gran tamaño no se halla operativo, y que, en consecuencia, la única alternativa disponible consistía en utilizar la instalación donde se queman generalmente restos de ejemplares de menores dimensiones, como gatos y perros.
"FUE UNA RESPUESTA INADECUADA Y DESAFORTUNADA"
No obstante, para que esto resultara factible, el propietario debía, antes, ocuparse personalmente de descuartizar al equino para que los fragmentos resultantes pudieran tener cabida en el horno.
A requerimiento de mallorcadiario, la Conselleria de Agricultura, Pesca i Alimentació no ha tenido inconveniente en reconocer que la respuesta que el funcionario facilitó al propietario fue “inadecuada y desafortunada”, dado que, siguiendo con su explicación, esta “no es forma de atender a ningún ciudadano”.
En cualquier caso, el departamento dirigido por la consellera Mae de la Concha ha puntualizado que la declaración de Baleares como zona remota “implica que se pueden enterrar animales en las fincas siempre que se cumplan una serie de requisitos”.
NORMATIVA
Entre estas condiciones, la Conselleria cita la obligación de que los cadáveres “no pueden ser sepultados en zonas consideradas vulnerables”. Además, la normativa no autoriza a sobrepasar “una cantidad concreta (de restos) por cada finca”, mientras que, al mismo tiempo, esta propiedad “ha de pertenecer al propietario (del animal), o bien contar con un documento que autorice el enterramiento”.
En relación a este último argumento, y tal como se relataba en el artículo de mallorcadiario.com, Toni volvió a ponerse en contacto con la misma Administración una vez que se confirmó la defunción del animal, al que se le tuvo que aplicar la eutanasia a causa de su grave estado de salud y la irreversibilidad de la enfermedad que sufría.
TERRENOS
En esta ocasión, Toni propuso a la Conselleria de Agricultura proceder al enterramiento del caballo en unos terrenos a los que tenía acceso y que, según manifestó, cumplían rigurosamente los requisitos que la legislación exige para acoger los restos de un animal
Sin embargo, se le denegó esta posibilidad. Recogiendo sus palabras, “esta vez, el problema era que debía demostrar que disponía de la titularidad de esos terrenos, o, al menos, asegurar que guardaba algún tipo de relación con el solar, como, por ejemplo, un contrato de alquiler. Dado que no era así, rechazaron la tramitación de la documentación legal relativa al enterramiento del caballo”.
Concretamente, dado que Toni no podía aportar ningún terreno propio donde enterrar al equino, la única solución, como el afectado explicó a este periódico digital, era que "buscara un solar en el que dejar los restos, sin más prerrogativas. Y, de hecho, cuando, al fin, por mis propios medios, me ocupé de llevar a cabo el traslado del cadáver hasta una determinada localización, que es donde se encuentra enterrado ahora, pude hacerlo sin tener que presentar ningún documento, ni ninguna certificación”.
PROPIETARIO: "NO PARECE EXISTIR CONTROL NI SUPERVISIÓN"
En la versión de los hechos aportada por la Conselleria de Agricultura, Pesca i Alimentació no se hace ninguna mención a la falta de exigencia de una acreditación sobre el lugar de depósito de los restos del caballo mencionada por su propietario.
Según Toni, ningún representante de la Administración le efectuó requerimiento alguno en torno a si la sepultura “se había realizado siguiendo todas las normativas sanitarias y legales que este mismo departamento, supuestamente, debe hacer cumplir. No en vano, es esta misma área la que ha promulgado dichas normativas, pero la conclusión que he sacado a raíz de mi experiencia es que no ejerce ningún tipo de control ni supervisión sobre su cumplimiento".
CONSELLERIA: "LA CÉDULA DE ENTERRAMIENTO E INCINERACIÓN NO ES NUESTRA COMPETENCIA"
A este respecto, en la explicación que ha trasladado a este medio de comunicación, la Conselleria hace constar que la expedición de la cédula de enterramiento e incineración no forma parte de sus competencias. Según indica, el procedimiento correcto debería haber consistido en derivar al propietario del caballo al Ayuntamiento de Palma o bien al Consell de Mallorca.
Finalmente, desde el área liderada por Mae de la Concha, se ha señalado también que tanto la Conselleria como también las otras instituciones implicadas trabajan conjuntamente para que las instalaciones de Son Reus destinadas a la cremación de animales de gran tamaño “puedan funcionar nuevamente con normalidad en el plazo de tiempo más breve posible”.
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