La mujer había sido condenada en su momento por un Juzgado de Palma a una pena de multa por coacciones y daños. El suceso tuvo lugar en septiembre de 2020, cuando la mujer aprovechó que su vecino se había ausentado de su domicilio y estropeó la cerradura mediante la introducción de clavos. Además, puso dos candados con una cadena en la puerta de entrada del inmueble.
El morador de la vivienda, que llevaba instalado en ella desde marzo, llamó a la Policía. Una vez en el domicilio, los agentes cortaron las cadenas con una cizalla, pero no pudieron abrir la puerta de la vivienda porque el bombín había quedado bloqueado por los clavos.
EL MORADOR NO PUDO ENTRAR EN LA CASA HASTA PASADOS DOS DÍAS
Además, el perjudicado se encontró con su ropa tirada en la calle y con destrozos en la casa, y tuvo que contratar a un cerrajero para cambiar la cerradura, por lo que no pudo entrar en la vivienda hasta pasados dos días.
La mujer recurrió la sentencia condenatoria alegando, entre otros motivos, que el denunciante no había acreditado ser el legítimo inquilino de la vivienda, y que éste tampoco había afirmado haberla visto cometiendo los supuestos delitos. Sin embargo, los agentes de Policía comprobaron, a su llegada al lugar, que junto a la puerta de la acusada había herramientas y clavos que se correspondían con los colocados en la cerradura del perjudicado, y declararon que, de manera espontánea, la encausada había admitido que había puesto el candado, si bien negaba haber colocado los clavos.
Los testigos coincidieron en que la acusada, que no declaró en el juicio, decía tener miedo porque en el piso de enfrente de su casa vivían, según afirmaba, okupas.
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