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Aprobado el decreto del Govern de ayuda a los damnificados de Llevant
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Aprobado el decreto del Govern de ayuda a los damnificados de Llevant

Por Redacción
viernes 19 de octubre de 2018, 13:38h

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Ya está en vigor el decreto extraordinario del Govern de ayudas a los damnificados por las inundaciones del Llevant. En el decreto se especifican las cuantías y las condiciones de las ayudas a los Ayuntamientos para reparar y restituir equipamientos, infraestructuras y servicios de titularidad municipal. También se aportan fondos para reparar los daños a infraestructuras e instalaciones municipales de Sant Llorenç, Son Servera, Artà, Capdepera y Manacor, para los que se cubrirá el 25 por ciento de los desperfectos. Se trata de unas subvenciones que complementan las del Estado, que son del 50 por ciento.

AYUDAS POR FALLECIMIENTO

El decreto incluye unas ayudas de 32.000 euros destinadas a las familias que han perdido un familiar a causa de las inundaciones.

AYUDAS EN MATERIA DE VIVIENDA

Se otorgarán indemnizaciones para atender los daños y las pérdidas producidos en viviendas, para propietarios y para inquilinos, tanto para los que sean vivienda habitual como para los que no. Las personas que hayan perdido su casa porque su vivienda ha quedado destrozado o deba derribar, podrán recibir una ayuda máxima de 60.000 euros. Además, en el caso de que los afectados no tengan otra vivienda donde ir, podrán recibir una ayuda de hasta 700 euros mensuales durante 24 meses, que se podrán prorrogar hasta los 36, para acceder a un alquiler en otra vivienda mientras duren las obras.

Si los afectados son arrendatarios, la ayuda será por un importe equivalente a la diferencia que resulte entre el coste del alquiler de la vivienda siniestrada y el coste de la vivienda nueva que arriende. En el caso de vivienda habitual con daños en la estructura, el máximo será de 30.000 euros para atender las obras de rehabilitación, mientras que si no es estructural el máximo será de 10.000 euros. En caso de que tenga que ir a otro piso mientras duren las obras, también podrá optar a una ayuda de 700 euros para arrendar una vivienda durante un máximo de 12 meses, prorrogables a 24.

En los casos que no se trate de vivienda habitual, las cantidades máximas se establecen en 30.000 euros en el caso de siniestro, 10.000 euros en el caso de daños estructurales y 5.000 si los daños no son estructurales. Por otra parte, también se podrá acceder a ayudas para reparaciones en elementos comunes de una comunidad de propietarios, con un máximo de 8.000 euros. En el caso de edificaciones que no constituyan viviendas, si se lleva a cabo una actividad comercial, profesional, industrial o análoga se podrá optar a las mismas cantidades máximas que en el caso de la vivienda habitual. Hay que remarcar que estas ayudas son compatibles con los seguros y que en el caso de que la vivienda esté asegurado complementarán lo que no se cubra con el seguro o con otras ayudas públicas.

VEHÍCULOS SINIESTRADOS

Las ayudas para paliar la pérdida de vehículos terrestres motores siniestrados podrán llegar a los 6.000 euros.

AYUDAS A EMPRESARIOS Y TRABAJADORES

Las ayudas para las empresas y los trabajadores se tramitarán a través de subvenciones. Podrán ser beneficiarias de ayudas tanto las empresas de actividad industrial como las de actividad comercial, mercantil y turístico, además de los profesionales autónomos. Los importes máximos serán de 30.000 euros para comercios y empresas; de hasta 100.000 euros para industrias y de hasta 60.000 euros para empresas turísticas (hoteles y restaurantes).

Todas estas ayudas se abonarán de manera inminente. Para hacerlo posible se ha llegado a acuerdos con entidades financieras, que avanzarán el 100 por ciento de los fondos a interés cero para poder acelerar los pagos. En cuanto a las ayudas para los trabajadores, el Estado o bien la Comunidad Autónoma asumirán los costes del aplazamiento inmediato de 6 meses de los costes de seguridad social.

En caso de que vaya a haber una suspensión de contrato por expediente de regulación de empleo (ERE) por fuerza mayor, se abonará la diferencia entre la prestación por desempleo y el salario que cobraba cada trabajador antes de la inundación, a fin de que no vea reducidos sus ingresos en todo el periodo de duración del ERE.

AYUDAS POR DAÑOS O PÉRDIDAS EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y / O GANADERAS

En el caso de las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas, las ayudas también irán por la vía de la subvención, pero será a través de fondos europeos, ya que es así como se deben tramitar este tipo de prestaciones.

Está previsto que el BOIB del próximo sábado incluya una resolución del consejero Vidal y se inicie el procedimiento para crear un censo de damnificados. Todos los profesionales afectados tendrán 3 semanas para apuntarse y después las ayudas se tramitarán a través del FOGAIBA. Se podrán cubrir tanto los daños en ganadería como en agricultura como para la reparación de márgenes.

Las ayudas podrán cubrir un 80 por ciento de los daños en el caso de fincas aseguradas y un 40 por ciento en las que no lo estén.

PRESTACIONES SOCIALES

Por otra parte, el decreto ley también incluye las prestaciones económicas de urgencia social, ya publicadas en la resolución de la Consejería de Servicios y que tienen como finalidad cubrir los gastos inmediatos de las familias para paliar necesidades básicas y urgentes.

Los importes se han calculado a raíz de la valoración hecha puerta a puerta con las familias afectadas por parte de un equipo de trabajadores sociales e implican prestaciones de un máximo de 5.500 euros por vivienda y familias los casos que lo hayan perdido todo, mientras que en el caso de pérdidas parciales será de 4.000 euros.

AYUDAS PARA DAÑOS MEDIOAMBIENTALES

La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca ejecutará las obras necesarias para paliar los daños en el medio natural y en sus infraestructuras de gestión y uso público. Además, actuará para evitar riesgos ambientales, como es el caso de la retirada y la gestión de residuos o las medidas para restaurar el dominio público hidráulico. Se deben recuperar infraestructuras hidráulicas de torrentes, puertos, caminos, colegios, centros de salud. Ayudas para recuperar infraestructuras públicas El decreto ley también establece que la Comunidad Autónoma y sus entes públicos adoptarán las medidas pertinentes para reparar y rehabilitar las infraestructuras de titularidad autonómica.

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