El Govern ha anunciado que el nuevo modelo de aportación farmacéutica se aplicará en función del nivel de renta de cada una de las personas. Los usuarios podrán consultar qué aportación los atañe accediendo al portal del Servicio de Salud (www.ibsalut.es) e introduciendo el número de la tarjeta sanitaria y la fecha de nacimiento, o bien por medio de un certificado electrónico.
También podrán solicitar esta información llamando al teléfono de cita previa (902 079 079) del lunes al sábado, de 07.00 a 21.00 horas. En caso de que un usuario detecte alguna inexactitud en los datos del nivel de aportación, podrá dirigirse a su centro de salud para notificarlo.
Con el nuevo sistema, quedan eximidos de pagar los medicamentos recetados los usuarios que perciban rentas de integración social o pensiones no contributivas, los que estén en la situación de paro de larga duración, los que sigan un tratamiento derivado de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional y los que estén afectados por un síndrome tóxico o por una discapacidad.
Concretamente, las rentas más altas son las que aportarán más, de manera que los usuarios activos con una renta igual o superior a 100.000 euros anuales pasarán a pagar el 60 por ciento del coste de los medicamentos (hasta ahora pagaban el 40 por ciento); los que tengan una renta entre 18.000 y 100.000 euros pagarán el 50 por ciento y los que la tengan inferior a 18.000 euros continuarán pagando el 40 por ciento.
Con respecto a los usuarios que sean pensionistas, los que tengan una renta inferior a 18.000 euros anuales asumirán el 10 por ciento del coste de los fármacos, pero con un límite máximo de 8 euros al mes; los que cobren entre 18.000 y 100.000 euros asumirán el 10 por ciento, pero con un máximo de 18 euros al mes, y los que tengan una renta superior a 100.000 euros se tendrán que hacer cargo del 60 por ciento, con un máximo de 60 euros al mes.
En el caso de los pensionistas que hayan abonado una cantidad superior al límite establecido para su nivel de renta, en un plazo máximo de seis meses el Servicio de Salud los reembolsará automáticamente la cuantía que exceda de este límite.
Si la prescripción de los medicamentos se ha hecho con el sistema de receta electrónica, el reembolso se efectuará por medio de una transferencia bancaria a la cuenta donde se cobra la pensión de jubilación.
En el supuesto de que se prescriban los fármacos por la vía de recetas rellenadas manualmente, hará falta solicitar el reembolso personalmente al Servicio de Salud.
alguna inexactitud en los datos del nivel de aportación, podrá dirigirse a su centro de salud para notificarlo.