Tras un acuerdo entre las partes, el procesado ha visto rebajada la condena de nueve años y medio de cárcel que le reclamaba inicialmente el Ministerio Público.
El tribunal ha tenido en cuenta como atenuante muy cualificada la reparación del año, después de que el hombre haya consignado ya 25.000 euros en concepto de indemnización. El hombre tampoco será expulsado de España, como se pedía inicialmente, tras constatarse su situación de arraigo.
Los hechos ocurrieron entre el 9 de agosto de 2020 y mediados de septiembre del mismo año en Palma cuando el procesado, que convivía con su hija, la manoseó y la tocó en varias ocasiones, aprovechando que estaban solos en el domicilio.